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4
La ley define el acoso escolar o bullying de la siguiente manera: “conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios.
Espero que te sirva
dannamarcigliapcmydf:
muchas gracias...
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 también garantiza a los chicos el derecho a FAPE. Los estudiantes que tengan un Plan 504 están amparados por la Sección 504. Si el acoso interfiere con el derecho a FAPE de un niño que tiene un plan 504, la escuela tiene que actuar.
Explicación:
Gracias por la respuesta esta es una copia el original esta arriba
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