Respuestas
Acto Legislativo 01 de 2009 y la Ley 1475 de 2011, también conocidas como reformas políticas.
Estas promovieron, entre otras exigencias, la obtención de un número de votos mínimo a fin de mantener la personería jurídica, lo cual se convierte en el primer filtro para constituirse como partido político.
Así las cosas, tal y como quedó expreso en la Reforma Política de 2009: el Consejo Nacional Electoral (CNE) reconocerá dicha personería a los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos que alcancen una votación no inferior al 3% de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en las elecciones a Congreso (cerca de 500.000 votos). De no conseguirlos, perderán el derecho a contar con este aval para poder aspirar a cargos de elección popular.
Pero, para hacer un poco más explícito el camino que deberá recorrer un movimiento a fin de constituirse en partido político, como es el caso del Uribe Centro Democrático, La Opinión presenta los principales pasos para obtener el reconocimiento oficial de las autoridades electorales.
Respuesta:
Todos los colombianos tienen derecho a constituir partidos y movimientos políticos, a organizarlos y a desarrollarlos, a afiliarse y retirarse de ellos libremente y a difundir sus ideas y programas. Las organizaciones sociales tienen derecho a manifestarse y a participar en eventos políticos.
Explicación: