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Respuesta dada por:
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En Perú, el Presidente está facultado a conceder el "derecho de gracia", que se aplica a los procesados y es análogo al indulto. Según la ley 28760 está prohibido conceder el indulto o derecho de gracia a personas condenadas por delito de secuestro y extorsión, así como a los procesados por tales delitos.
Espero haberte ayudado ;v
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