• Asignatura: Derecho
  • Autor: dfdiaz05ov81i4
  • hace 8 años

¿QUÉ AUTORIDADES NO PUEDEN SER REVOCADAS?

Respuestas

Respuesta dada por: kateyandresmolina132
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¿La revocatoria de mandato aplica para todos los ciudadanos elegidos por votación popular?

En Colombia, la revocatoria de mandato sólo aplica para los alcaldes y gobernadores, no para otros funcionarios de elección popular como los congresistas, diputados, concejales, o el Presidente de la República.

3. ¿Por qué los ciudadanos pueden pedir la revocatoria de mandato?

El mecanismo de revocatoria de mandato está diseñado para defender e voto programático. En consecuencia, los habitantes de un determinado municipio o de un departamento de Colombia pueden pedir que sus alcaldes o gobernadores sean retirados de sus cargos cuando exista insatisfacción general de la ciudadanía frente a la labor del mandatario o mandataria, o se presente incumplimiento del Programa de Gobierno.

4. ¿En qué momento los colombianos pueden solicitar la revocatoria de mandato de un gobernante?

La solicitud de revocatoria de mandato procederá siempre y cuando haya transcurrido un periodo de tiempo no menor a un año, contado a partir del momento de la posesión del respectivo mandatario.

5. ¿Ante cuál autoridad se debe solicitar la revocatoria de mandato?

Los ciudadanos interesados en solicitar que su alcalde o gobernador sea retirado de su cargo deben acudir a la sede respectiva de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

6. ¿Cuándo se convocan los ciudadanos a las urnas?

La Registraduría elabora el calendario electoral y se procede a convocar la jornada de votación en un plazo de 2 meses.

7. ¿Cómo se solicita una revocatoria de mandato? los de autoridades publicas n o pueden ser revocados por ahora el resto si si lo deciden los ciudadanos

Para solicitar la revocatoria del mandato de un gobernante, un número de ciudadanos, no inferior al 40% del total de los votos válidos emitidos en la elección del respectivo mandatario, debe solicitar con su firma ante la Registraría del Estado Civil correspondiente, la convocatoria a la votación para la revocatoria del mandato de un gobernador o un alcalde.

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